Junta ordinaria y junta extraordinaria

Junta ordinaria. La junta ordinaria es aquella en la se aprueban las cuentas anuales, se renuevan los cargos, y se proponen las nuevas cuotas para el siguiente ejercicio según un presupuesto de gastos a repartir, que habitualmente se calcula según el coeficiente de cada propietario, salvo que la propia Comunidad haya acordado un reparto distinto (por ejemplo, a partes iguales). Dicha junta debe celebrarse por ley una vez al año, a petición del Presidente. Junta extraordinaria. Es la que se convoca por temas importantes o urgentes, a petición del Presidente, o a petición de los propietarios, siempre que representen una cuarta parte del total, o que represente un 25 % de participación de las cuotas. No hay una indicación legal para el número de veces que puede convocarse. Pueden celebrarse más de una vez, o ninguna. Es conveniente que sean convocadas sólo para tratar temas urgentes o importantes.

Certificado de deudas con la Comunidad de Propietarios

El certificado de deudas con la Comunidad de Propietarios es un documento formal e informativo sobre el estado de deudas del propietario de vivienda, local o garaje de una Comunidad de Propietarios. El certificado permite reflejar si un propietario está o no al corriente de pago de las cuotas de comunidad y derramas. En el certificado se refleja la deuda vencida y exigible al propietario vendedor en la fecha de emisión del mismo. La ley no obliga a recoger las deudas de futuro vencimiento o exigibilidad, aunque el propietario puede también solicitar que consten estas deudas de futuro vencimiento y el importe de las mismas, o que conste que no existen, así como el Secretario puede hacerlo constar, aunque no sea legalmente exigible.

Transferencia OMF (Orden de Movimiento de Fondos)

Una OMF (Orden de Movimiento de Fondos) es una transferencia ordenada de una entidad a otra, vía Banco de España. Este tipo de transferencia bancaria es utilizada cuando el emisor quiere que el dinero llegue de forma muy rápida a la cuenta de destino. A diferencia de una transferencia SEPA, una transferencia OMF asegura que el dinero llega a la cuenta del beneficiario en unas horas desde su emisión, siempre que sea emitida antes de las 16 h (hora peninsular). Cómo funciona una transferencia OMF Una transferencia OMF se ordena desde la entidad habitual de quien envía el dinero, y se recibe en la entidad habitual del beneficiario, pero por el camino pasa por el Banco de España, que hace de intermediario. Para ello es necesario que tanto la entidad de origen como la de destino tengan una cuenta de tesorería en el Banco de España (algo que casi todas las grandes entidades bancarias tienen).