Contrato de arrendamiento de trastero

Cuándo y cómo utilizar este modelo 1.- Regulación por ley. El contrato de arrendamiento de garaje va regulado por Código Civil o por LAU según vaya o no acompañado de arrendamiento de vivienda. Con vivienda. Cuando el alquiler de garaje (o plaza de garaje) va junto con arrendamiento de vivienda, va regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), tal como queda recogido en el artículo 2 de la LAU. Sin vivienda. Cuando el contrato de arrendamiento incluye garaje (o plaza de garaje) y no vivienda, va regulado por el Código Civil, en sus artículos 1.542 a 1.582. 2.- Tributación del alquiler. Cuando el arrendador es persona física, tributará en IRPF declarando los ingresos como rendimiento de capital inmobiliario. Cuando el arrendador es persona jurídica, tributará por el impuesto de sociedades. En ambos casos el arrendador podrá deducirse los gastos generados por el alquiler. 3.- IVA o no IVA. Cuando el garaje (o plaza de garaje) es alquilado sin vivienda, el arrendador debe aumentar la factura con el 21 %, en concepto de IVA. Posteriormente debe declarar este IVA trimestralmente y anualmente (modelo 390), además de darse de alta con el modelo 036 o 037. Si el garaje (o plaza de garaje) es alquilado como anexo al contrato de arrendamiento de vivienda, no se repercute IVA al arrendatario. 4.- Renta. Será la libremente acordada entre las partes. 5.- Duración del contrato. Será la libremente acordada entre las partes. Si no hay aviso por ninguna de las partes, el contrato finaliza a su vencimiento. Para evitarlo, las partes puede acordar prórrogas por periodos iguales, salvo preaviso de cualquiera de las partes con un tiempo de antelación, que también puede fijarse libremente (un mes, dos meses, etc.) 6.- Otras cláusulas. Además de las citadas, conviene indicar otras cláusulas que traten los siguientes puntos (aunque varios de ellos parezcan obvios): (...)

Quién debe pagar Internet en una vivienda alquilada

Dudas sobre gastos en vivienda alquilada Si eres arrendador o arrendatario y tienes dudas sobre quién debe ocuparse de la contratación de Internet y cubrir su cuota mensual en una vivienda alquilada, has llegado al sitio correcto para aclararlo. Existen varios tipos de arrendamiento de vivienda, y a cada uno aplica una ley diferente. Lo común a todos ellos es que ninguna normativa obliga al propietario o al arrendador a contratar, ofrecer ni cubrir el gastos de Internet en una vivienda alquilada. Todos ellos deben tener un contrato entre arrendador y arrendatario, y en ese contrato deben estar especificadas las obligaciones de cada uno de ellos, entre ellas la obligación de asumir los gastos de Internet, para tener este tema bien claro desde el inicio, y evitar posibles malentendidos en el futuro. (...)

Factores que provocan la subida del precio del alquiler de vivienda

Subida del precio del alquiler... año tras año Hablamos en este artículo de la subida general del precio del alquiler de vivienda, y no de la actualización anual de la renta de un alquiler que está ya en marcha. Así, vemos cómo, año tras año, los precios de los alquileres incrementan, especialmente en los núcleos urbanos y en otras zonas bien conectadas o de interés, principalmente turístico o vacacional. Estas subidas, junto con cambios en las políticas que afectan al alquiler de vivienda, terminan dejando fuera del mercado del alquiler a muchas personas y familias, a quienes cada vez les resultará más complicado encontrar un nuevo piso en alquiler. Las medidas de control del alquiler que han supuesto cambios legislativos, y esto no ha hecho sino agravar aún más la situación del alquiler en nuestro país. Vamos a ver cuáles son los factores económicos, demográficos y políticos que provocan este incremento de los precios. (...)