Algunos aspectos relacionados con los suministros en viviendas de alquiler quedan regulados por la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos), y otros no. Las partes pueden acordar lo que voluntariamente consideren oportuno, siempre que no sea contrario a Ley. Es importante dejarlo claramente especificado, poniendo especial atención a los detalles, para evitar confusiones y malentendidos. En esta entrada veremos: Qué suministros son básicos Quién asume el pago del alta de los suministros básicos de una vivienda arrendada Quién asume el pago del consumo de los suministros básicos de una vivienda arrendada Posibilidades de titularidad de los suministros y pago de los mismos Por qué es recomendable que titularidad y cuenta de pago estén a nombre del inquilino Cláusula: quién y cuándo realiza los cambios Con qué documentación y dónde se realizan los cambios Documentación relacionada
Solicitud de prórroga para la compraventa de inmueble (solicita comprador, proponiendo adelanto a cuenta)
1.- Prórroga del contrato. Hay veces en que el comprador necesita más tiempo del que tenía previsto para proceder a la formalización de una escritura de compraventa. Los motivos que pueden complicar el proceso son diversos: retraso o dificultad a la hora de conseguir el dinero o la financiación, otra vivienda pendiente de escriturar, situaciones personales que cambian y muchas otras cuestiones. En estos casos al comprador puede recurrir a la solicitud de una prórroga, que es el proceso formal por el que las partes acuerdan la continuación de un contrato más allá de su fecha de vencimiento inicial. 2.- Continuar la relación, evitar inconvenientes. La prórroga de un contrato es la forma más sencilla de continuar con los términos y condiciones inicialmente pactados, sin necesidad de elaborar un nuevo contrato. De esta forma hacemos posible continuar la relación, y reducimos los inconvenientes en tiempo y dinero de elaborar un nuevo contrato. 3.- Comunicación. La principal recomendación a la hora de acordar una prórroga es mantener abierta una buena comunicación entre las partes, para evitar desacuerdos o que una parte se sienta perjudicada. En este caso puede ser interesante que el comprador proponga alguna modificación que compense el retraso en completar el acuerdo, como por ejemplo el adelanto de nuevas cantidades a cuenta de la cantidad final. De esta forma, se minimiza en lo posible el impacto que la tardanza pueda tener en la parte que no es responsable de la misma. 4.- Requisitos legales. 1. El contrato inicial debe permitir las prórrogas, ya que de lo contrario podemos tener más complicaciones que ventajas. 2. Las partes deben estar de acuerdo. 3. Los términos y condiciones deben quedar claros, con especial atención al nuevo plazo acordado, así como a las modificaciones que puedan hacerse al contrato original, y a las obligaciones que se añadan al mismo.
Acuerdo de prórroga para la compraventa de inmueble (comprador adelanta cantidad a cuenta)
Cuándo y cómo utilizar este modelo 1.- Prórroga del contrato. Es el proceso formal por el que las partes acuerdan la continuación de un contrato más allá de su fecha de vencimiento inicial. 2.- Continuar la relación, evitar inconvenientes. La prórroga de un contrato es la forma más sencilla de continuar con los términos y condiciones inicialmente pactados, sin necesidad de elaborar un nuevo contrato. De esta forma hacemos posible continuar la relación, y reducimos los inconvenientes en tiempo y dinero de elaborar un nuevo contrato. 3.- Comunicación. La principal recomendación a la hora de acordar una prórroga es mantener abierta una buena comunicación entre las partes, para evitar desacuerdos o que una parte se sienta perjudicada. Puede ser interesante proponer alguna modificación que compense el retraso en completar el acuerdo, como por ejemplo el adelanto de nuevas cantidades a cuenta de la cantidad final. De esta forma, se minimiza en lo posible el impacto que la tardanza pueda tener en la parte que no es responsable de la misma. 4.- Requisitos legales. 1. El contrato inicial debe permitir las prórrogas, ya que de lo contrario podemos tener más complicaciones que ventajas. 2. Las partes deben estar de acuerdo. 3. Los términos y condiciones deben quedar claros, con especial atención al nuevo plazo acordado, así como a las modificaciones que puedan hacerse al contrato original, y a las obligaciones que se añadan al mismo. 5.- Adelanto a cuenta. Además de la modificación de fecha (nueva fecha propuesta para la firma de la escritura de compraventa), este documento recoge la nueva obligación del comprador, que hace un adelanto a cuenta del precio final como compensación al vendedor, por el retraso en la formalización de la transmisión. (...)

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