Cuándo y cómo utilizar este modelo 1.- Cuándo lo necesitamos. Este documento lo solicitaremos antes de ir a firmar una escritura de compraventa, ya que el comprador de la misma es el responsable de las deudas de comunidad en el año de adquisición y en los tres años anteriores, respondiendo a ellas con el mismo bien (la propiedad adquirida). 2.- Corriente de pago. El certificado de deudas con la Comunidad de Propietarios es un documento que refleja si un propietario está o no al corriente de pago de las cuotas de comunidad y derramas. En el certificado se refleja la deuda vencida y exigible al propietario vendedor en la fecha de emisión del mismo. 3.- Responsabilidad. Dada la importancia de esta responsabilidad, en el momento de la firma de la escritura de compraventa será necesario indicar que hay deuda cero (no hay deuda), o (si la hay) cuál es la deuda existente sobre la finca, y cuál es su concepto o conceptos. 4.- Negociaciones. Lo ideal es que al firmar la compraventa de un inmueble, la deuda pendiente de Comunidad de Propietarios sea cero. Cuando hay deuda y el vendedor no tiene fácil quitarla antes de la compraventa, las partes pueden acordar un descuento en el precio, asumiendo el comprador el coste de la deuda con la Comunidad de Propietarios, e indicando su importe exacto en el momento de la firma de la escritura de compraventa en notaría. 5.- Quién lo solicita. El certificado debe ser solicitado por el propietario del inmueble, y el Secretario de la Comunidad de Propietarios (función normalmente asumida por el Administrador de Fincas de la comunidad) será el encargado de proporcionárselo. 6.- Cuál es su coste. Hay administradores de fincas que cobran por emitir este documento, y otros que no. 7.- Más información. Puedes leer más información sobre este tema en Certificado de deudas con la Comunidad de Propietarios. (...)
Autorización de empadronamiento por subarriendo parcial
Cuándo y cómo utilizar este modelo 1.- Subarriendo parcial. Este documento está preparado para que el propietario de un inmueble arrendado permita el empadronamiento de personas diferentes de los arrendatarios, con motivo de subarriendo. La autorización debe ir acompañada del contrato de subarriendo del arrendatario al subarrendatario. El documento debe ser firmado por arrendador, arrendatario y subarrendatario (si hay menores o personas con tutores legales, los tutores deben también firmar esta autorización). 2.- Documentación adicional menores. Cuando se va a empadronar menores, puede ser requerida documentación adicional, especialmente en casos de separación o divorcio, donde se puede requerir la resolución judicial de guarda y custodia del menor. 3.- Dónde y quién entregar. Esta autorización puede entregarla cualquiera de los interesados mayores de edad, en el ayuntamiento al que corresponda la vivienda arrendada. 4.- Obligaciones. Es imprescindible que los subarrendatarios conozcan el contrato de arrendamiento inicial, especialmente los detalles del importe de la renta, los días de pago, el plazo del arrendamiento, la obligatoriedad de pagar los suministros, las normas de convivencia y la obligación de respetarlas, la prohibición de tener mascotas (si la hay), la fianza, etc. 5.- Cesión y subarriendo. Pondremos especial atención a la cláusula de subarriendo del contrato de arrendamiento, ya que esta puede tener ciertas restricciones (número de personas autorizadas a vivir en el domicilio, etc.) que pueden causar la imposibilidad por contrato de vivir en el domicilio, y por tanto imposibilidad de empadronamiento. (...)
Inventario de inmueble en venta
Cuándo y cómo utilizar este modelo 1.- Verificación a la firma del contrato de arras. Este modelo debe adjuntarse como anexo al contrato de compraventa (arras), verificando de forma conjunta vendedor y comprador, y guardando una copia cada una de las partes para su comprobación unas horas antes de firmar la escritura de compraventa en notaría. 2.- Obligación de conservación. Las partes deben anotar el estado de los bienes inventariados y del propio inmueble, del que el vendedor tiene obligación de conservación, tanto de la propiedad como de los bienes inventariados, que deben ser entregados en las mismas condiciones al comprador una vez que se firma la escritura de compraventa. 3.- Verificación antes de la firma de la escritura. Lo ideal es concertar una cita para una última comprobación de la vivienda y de los bienes que fueron inventariados, unas 24-48 horas antes de la firma de la escritura de compraventa en notaría. (...)

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