Ficha técnica de la propiedad (básica)

Cuándo y cómo utilizar este modelo 1.- Transparencia y claridad en la información. La ficha técnica de una propiedad nos ofrece información sobre los datos y características principales de un inmueble de cara a su comercialización. Datos objetivos y relevantes como ubicación, estructura, dimensiones, distribución, condiciones de la venta o el alquiler. Esto permite dar a todas las partes información objetiva, unificada y transparente. Sin sorpresas. 2.- Interés para el profesional. La utilización de una ficha técnica permite al profesional tener una imagen clara y rápida de las principales características del inmueble, además de poder compartir esta información con compradores o inquilinos interesados, y profesionales colaboradores. 3.- Interés para el comprador. Es de vital importancia para el comprador de un inmueble, ya que le permite conocer de forma clara las características y datos técnicos del mismo, así como poder compararlo con otros inmuebles similares. Conocer la ficha técnica de una propiedad de la forma más detallada posible evitará sorpresas y desacuerdos entre comprador y vendedor. 4.- Formato. Hace tiempo la ficha técnica se ofrecía en modo impreso a los interesados. Hoy día se utiliza cada vez más el formato digital, e incluso interactivo. (...)

[Cláusula] Aval bancario de alquiler

Cuándo y cómo utilizar este modelo 1.- Evitar complicaciones en caso de impago. Cuando un arrendador tiene que poner una demanda contra su inquilino antes de poder cobrar del fiador, se van a producir necesariamente molestias y retrasos en el cobro de las rentas. Para evitar esta situación, podemos valernos de la figura de aval bancario, de modo que el inquilino solicita ese aval al banco, y el banco tiene la responsabilidad de responder ante el arrendador en caso de incumplimiento del inquilino. 2.- Coberturas de la póliza. Tanto arrendador como arrendatario, deben asegurarse de conocer bien las coberturas del aval bancario: responsabilidad, cantidades, periodo de cobertura, etc. 3.- Mención expresa. Mencionamos todos los datos del aval bancario para tenerlos claros en todo momento (sobre todo los referentes al periodo de finalización del aval bancario). (...)

Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Artículo 37. Formalización del arrendamiento

Artículo 37. Formalización del arrendamiento Las partes podrán compelerse recíprocamente a la formalización por escrito del contrato de arrendamiento. En este caso, se hará constar la identidad de los contratantes, la identificación de la finca arrendada, la duración pactada, la renta inicial del contrato y las demás cláusulas que las partes hubieran libremente acordado.