Arrendador — Qué hacer ante un impago del alquiler

Pague o no pague un inquilino su renta, su arrendador debe asumir igualmente los gastos inherentes al inmueble (comunidad de propietarios y posibles derramas, IBI, seguro, cuota de hipoteca) y los gastos que supone tener un inmueble en alquiler (impuestos por rendimiento inmobiliario, mantenimiento, reformas, reparaciones, mobiliario), además de no poder disponer libremente de su inmueble, ya sea para uso propio o para alquilarlo a un tercero. Lo primero es distinguir entre un retraso puntual que se soluciona, o una imposibilidad real de pagar el alquiler, en cuyo caso el mismo inquilino quien debe tomar acción, como solicitar ayudas sociales o trasladarse lo antes posible a otro inmueble a su alcance económico, evitando perjudicar a su arrendador, que ya ha hecho un esfuerzo para ofrecer su inmueble como vivienda habitual para un tercero. Lo primero, comunicación. El primer paso para el propietario es contactar con su inquilino para averiguar a qué se debe el impago, y cuándo y cómo se va a solucionar. Este primer contacto conviene hacerlo de palabra y cuanto antes; si el inquilino no ha pagado en la fecha acordada, el propietario puede y debe contactar ya. Sin esperar.

Qué es el usufructo, y cuáles son sus características e implicaciones legales

El usufructo es un derecho real sobre un bien ajeno, que permite al usufructuario disfrutar de un bien que no es suyo, así como a recibir sus frutos, mientras que la persona titular del bien (que es el nudo propietario) no puede usar dicho bien, ni recibir sus frutos mientras dure ese usufructo. En palabras literales del artículo 467 del Código Civil “El usufructo da derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa.” Vamos a ver las características e implicaciones legales del usufructo.

Pérdida o extravío de la escritura de la propiedad

La escritura la propiedad tiene importancia ya que certifica legalmente los derechos y obligaciones de uno o varios titulares sobre una propiedad. La escritura de una propiedad puede hacerse por compraventa, por herencia o por donación. Y posteriormente debe ser presentada (por el propio notario) para su inscripción en el Registro de la Propiedad, teniendo así la máxima protección jurídica, legal y registral. Puedes consultar información completa sobre qué es la escritura de la propiedad, para qué sirve, cómo solicitarla, documentación necesaria para aportar, qué es la escritura original, qué son la copia simple y la copia autorizada, en la entrada Escritura de la propiedad.