Según el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, encontramos tres artículos al respecto de esta tasa municipal: Art. 61. El hecho imponible es la propiedad sobre el inmueble. Art. 63. El sujeto pasivo es el propietario. Art. 75. El impuesto se devenga el 1 de enero de cada ejercicio. Es decir, quien es propietario del inmueble a fecha 1 de enero del año en cuestión, es el sujeto pasivo del tributo de IBI, y es quien debe pagarlo al ayuntamiento.
[Cláusula] Renta y actualización de la renta (según tope legal)
Cuándo y cómo utilizar este documento 1.- Dos condiciones necesarias. Este documento sólo debe ser utilizado cuando se cumplen las dos condiciones necesarias para poder actualizar la renta a un inquilino: Primera. Que la posibilidad de actualización haya sido expresamente mencionada como cláusula del contrato de arrendamiento. Segunda. Que haya pasado un año completo desde el inicio del alquiler o desde la última subida. 2.- Mención expresa. El hecho de que se mencione, no obliga al arrendador a realizar la subida pero sin embargo, si la posibilidad de actualización no es claramente mencionada en el contrato, no se podrá realizar. 3.- Límite en la actualización. Actualmente hay limitación para actualizar la renta en los contratos de vivienda habitual, no pudiendo realizarse la actualización de la renta según IPC, que era el índice de referencia utilizado hasta la reforma de la Ley de Vivienda 2023. De este modo, y hasta nuevos cambios, la actualización debe hacerse según el Tope a la actualización de la renta de inmuebles de uso residencial (actualizado 2023, 2024, 2025). (...)
Exenciones al certificado energético
Hay inmuebles que, por sus características o dimensiones, están exentos de disponer de un certificado de eficiencia energética. En los casos en los que hay exención al certificado energético, será necesario solicitar la exención al mismo.

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