Ficha técnica de la propiedad (ampliada)

Cuándo y cómo utilizar este modelo 1.- Transparencia y claridad en la información. La ficha técnica de una propiedad nos ofrece información sobre los datos y características principales de un inmueble de cara a su comercialización. Datos objetivos y relevantes como ubicación, estructura, dimensiones, distribución, condiciones de la venta o el alquiler. Esto permite dar a todas las partes información objetiva, unificada y transparente. Sin sorpresas. 2.- Interés para el profesional. La utilización de una ficha técnica permite al profesional tener una imagen clara y rápida de las principales características del inmueble, además de poder compartir esta información con compradores o inquilinos interesados, y profesionales colaboradores. 3.- Interés para el comprador. Es de vital importancia para el comprador de un inmueble, ya que le permite conocer de forma clara las características y datos técnicos del mismo, así como poder compararlo con otros inmuebles similares. Conocer la ficha técnica de una propiedad de la forma más detallada posible evitará sorpresas y desacuerdos entre comprador y vendedor. 4.- Formato. Hace tiempo la ficha técnica se ofrecía en modo impreso a los interesados. Hoy día se utiliza cada vez más el formato digital, e incluso interactivo. (...)

Contrato de arrendamiento de plaza de garaje

Cuándo y cómo utilizar este modelo 1.- Regulación por ley. El contrato de arrendamiento de garaje va regulado por Código Civil o por LAU según vaya o no acompañado de arrendamiento de vivienda. Con vivienda. Cuando el alquiler de garaje (o plaza de garaje) va junto con arrendamiento de vivienda, va regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), tal como queda recogido en el artículo 2 de la LAU. Sin vivienda. Cuando el contrato de arrendamiento incluye garaje (o plaza de garaje) y no vivienda, va regulado por el Código Civil, en sus artículos 1.542 a 1.582. 2.- Tributación del alquiler. Cuando el arrendador es persona física, tributará en IRPF declarando los ingresos como rendimiento de capital inmobiliario. Cuando el arrendador es persona jurídica, tributará por el impuesto de sociedades. En ambos casos el arrendador podrá deducirse los gastos generados por el alquiler. 3.- IVA o no IVA. Cuando el garaje (o plaza de garaje) es alquilado sin vivienda, el arrendador debe aumentar la factura con el 21 %, en concepto de IVA. Posteriormente debe declarar este IVA trimestralmente y anualmente (modelo 390), además de darse de alta con el modelo 036 o 037. Si el garaje (o plaza de garaje) es alquilado como anexo al contrato de arrendamiento de vivienda, no se repercute IVA al arrendatario. 4.- Renta. Será la libremente acordada entre las partes. 5.- Duración del contrato. Será la libremente acordada entre las partes. Si no hay aviso por ninguna de las partes, el contrato finaliza a su vencimiento. Para evitarlo, las partes puede acordar prórrogas por periodos iguales, salvo preaviso de cualquiera de las partes con un tiempo de antelación, que también puede fijarse libremente (un mes, dos meses, etc.) 6.- Otras cláusulas. Además de las citadas, conviene indicar otras cláusulas que traten los siguientes puntos (aunque varios de ellos parezcan obvios): (...)

Autorización de cambio de titular y cuenta de pago de los suministros (vendedor y comprador autorizan a un tercero)

Autorización de cambio de titularidad y cuenta de pago de suministros (compraventa, vendedor y comprador autorizan a un tercero) Cuándo y cómo utilizar este modelo 1.- Importancia del cambio en los suministros. Parece que, llegando a la firma de la escritura de compraventa, hemos terminado con todo lo relacionado con la misma, pero aún quedan algunos detalles importantes; entre ellos, el cambio referente a los suministros. El cambio de la titularidad y de la cuenta de pago de los suministros de la vivienda interesa a comprador y vendedor por los siguientes motivos: — Para el anterior titular (vendedor), porque dejará de ser responsable de los pagos o impagos que se produzcan en los mismos, cortes en el suministro, etc. — Para el nuevo titular (comprador), porque tendrá el control de sus suministros, y la posibilidad de hacer las modificaciones que considere oportunas. 2.- Comprador y vendedor autorizan a un tercero. Los cambios deben ser realizados por quien va a ser el nuevo responsable (titular) del suministro; en este caso, el comprador. El comprador tiene el derecho de designar un tercero que haga los cambios en su nombre. Este documento sirve para que vendedor y comprador autoricen a un tercero a realizar en su nombre las modificaciones necesarias a nivel de titular y cuenta de pago, y para recoger algunos detalles de última hora para vendedor y comprador (como los ajustes de las últimas facturas, si se desean realizar). Lo ideal es dejar el documento firmado el mismo día de la firma de la escritura de compraventa, y proceder el mismo día a los cambios. 3.- Posteriores modificaciones. Una vez cambiados los datos iniciales, el nuevo titular (comprador) puede hacer las modificaciones de contrato que considere oportunas: cambio de tarifa, aumento o disminución de la potencia, envío de factura por e-mail o en papel, etc. 4.- Cuánto cuesta hacer el cambio. El cambio de titular y de la cuenta de pago son gratuitos, tantas veces como sea necesario hacerlos. La gestión del cambio tiene un coste cuando el servicio es encargado a un profesional. Pueden existir otros gastos asociados al cambio de tarifa, al aumento o a la disminución de la potencia contratada, o a la necesidad de emitir un nuevo boletín (cuando sea requerido por cuestiones técnicas). 5.- Momento de notificación del cambio. Lo ideal es notificar los cambios el mismo día de la firma para que quede constancia de la fecha, para que conste hasta ese día y hora como responsabilidad del antiguo titular (vendedor), y desde ese día y hora como responsabilidad del nuevo titular (comprador). 6.- Ajustes necesarios. Así como la factura de la luz se cierra el mismo día de la notificación del cambio, en otros suministros como gas y agua el cierre puede llevar algo más de tiempo. En cuanto al suministro de gas, puede ser necesario ir al punto de suministro a hacer la lectura, por lo que habría que esperar al momento en que la empresa suministradora pasa a leer los contadores. (...)