Ficha técnica de la propiedad (ampliada)

Cuándo y cómo utilizar este modelo 1.- Transparencia y claridad en la información. La ficha técnica de una propiedad nos ofrece información sobre los datos y características principales de un inmueble de cara a su comercialización. Datos objetivos y relevantes como ubicación, estructura, dimensiones, distribución, condiciones de la venta o el alquiler. Esto permite dar a todas las partes información objetiva, unificada y transparente. Sin sorpresas. 2.- Interés para el profesional. La utilización de una ficha técnica permite al profesional tener una imagen clara y rápida de las principales características del inmueble, además de poder compartir esta información con compradores o inquilinos interesados, y profesionales colaboradores. 3.- Interés para el comprador. Es de vital importancia para el comprador de un inmueble, ya que le permite conocer de forma clara las características y datos técnicos del mismo, así como poder compararlo con otros inmuebles similares. Conocer la ficha técnica de una propiedad de la forma más detallada posible evitará sorpresas y desacuerdos entre comprador y vendedor. 4.- Formato. Hace tiempo la ficha técnica se ofrecía en modo impreso a los interesados. Hoy día se utiliza cada vez más el formato digital, e incluso interactivo. (...)

Autorización de cambio de titular y cuenta de pago de los suministros (vendedor y comprador autorizan a un tercero)

Autorización de cambio de titularidad y cuenta de pago de suministros (compraventa, vendedor y comprador autorizan a un tercero) Cuándo y cómo utilizar este modelo 1.- Importancia del cambio en los suministros. Parece que, llegando a la firma de la escritura de compraventa, hemos terminado con todo lo relacionado con la misma, pero aún quedan algunos detalles importantes; entre ellos, el cambio referente a los suministros. El cambio de la titularidad y de la cuenta de pago de los suministros de la vivienda interesa a comprador y vendedor por los siguientes motivos: — Para el anterior titular (vendedor), porque dejará de ser responsable de los pagos o impagos que se produzcan en los mismos, cortes en el suministro, etc. — Para el nuevo titular (comprador), porque tendrá el control de sus suministros, y la posibilidad de hacer las modificaciones que considere oportunas. 2.- Comprador y vendedor autorizan a un tercero. Los cambios deben ser realizados por quien va a ser el nuevo responsable (titular) del suministro; en este caso, el comprador. El comprador tiene el derecho de designar un tercero que haga los cambios en su nombre. Este documento sirve para que vendedor y comprador autoricen a un tercero a realizar en su nombre las modificaciones necesarias a nivel de titular y cuenta de pago, y para recoger algunos detalles de última hora para vendedor y comprador (como los ajustes de las últimas facturas, si se desean realizar). Lo ideal es dejar el documento firmado el mismo día de la firma de la escritura de compraventa, y proceder el mismo día a los cambios. 3.- Posteriores modificaciones. Una vez cambiados los datos iniciales, el nuevo titular (comprador) puede hacer las modificaciones de contrato que considere oportunas: cambio de tarifa, aumento o disminución de la potencia, envío de factura por e-mail o en papel, etc. 4.- Cuánto cuesta hacer el cambio. El cambio de titular y de la cuenta de pago son gratuitos, tantas veces como sea necesario hacerlos. La gestión del cambio tiene un coste cuando el servicio es encargado a un profesional. Pueden existir otros gastos asociados al cambio de tarifa, al aumento o a la disminución de la potencia contratada, o a la necesidad de emitir un nuevo boletín (cuando sea requerido por cuestiones técnicas). 5.- Momento de notificación del cambio. Lo ideal es notificar los cambios el mismo día de la firma para que quede constancia de la fecha, para que conste hasta ese día y hora como responsabilidad del antiguo titular (vendedor), y desde ese día y hora como responsabilidad del nuevo titular (comprador). 6.- Ajustes necesarios. Así como la factura de la luz se cierra el mismo día de la notificación del cambio, en otros suministros como gas y agua el cierre puede llevar algo más de tiempo. En cuanto al suministro de gas, puede ser necesario ir al punto de suministro a hacer la lectura, por lo que habría que esperar al momento en que la empresa suministradora pasa a leer los contadores. (...)

Solicitud de certificado de deudas con la Comunidad de Propietarios

Cuándo y cómo utilizar este modelo 1.- Cuándo lo necesitamos. Este documento lo solicitaremos antes de ir a firmar una escritura de compraventa, ya que el comprador de la misma es el responsable de las deudas de comunidad en el año de adquisición y en los tres años anteriores, respondiendo a ellas con el mismo bien (la propiedad adquirida). 2.- Corriente de pago. El certificado de deudas con la Comunidad de Propietarios es un documento que refleja si un propietario está o no al corriente de pago de las cuotas de comunidad y derramas. En el certificado se refleja la deuda vencida y exigible al propietario vendedor en la fecha de emisión del mismo. 3.- Responsabilidad. Dada la importancia de esta responsabilidad, en el momento de la firma de la escritura de compraventa será necesario indicar que hay deuda cero (no hay deuda), o (si la hay) cuál es la deuda existente sobre la finca, y cuál es su concepto o conceptos. 4.- Negociaciones. Lo ideal es que al firmar la compraventa de un inmueble, la deuda pendiente de Comunidad de Propietarios sea cero. Cuando hay deuda y el vendedor no tiene fácil quitarla antes de la compraventa, las partes pueden acordar un descuento en el precio, asumiendo el comprador el coste de la deuda con la Comunidad de Propietarios, e indicando su importe exacto en el momento de la firma de la escritura de compraventa en notaría. 5.- Quién lo solicita. El certificado debe ser solicitado por el propietario del inmueble, y el Secretario de la Comunidad de Propietarios (función normalmente asumida por el Administrador de Fincas de la comunidad) será el encargado de proporcionárselo. 6.- Cuál es su coste. Hay administradores de fincas que cobran por emitir este documento, y otros que no. 7.- Más información. Puedes leer más información sobre este tema en Certificado de deudas con la Comunidad de Propietarios. (...)