Título II. De los arrendamientos de vivienda Capítulo III. De la renta Artículo 17. Determinación de la renta Artículo 18. Actualización de la renta Artículo 19. Elevación de renta por mejoras Artículo 20. Gastos generales y de servicios individuales
Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Título II. De los arrendamientos de vivienda. Capítulo II. De la duración del contrato
Título II. De los arrendamientos de vivienda Capítulo II. De la duración del contrato Artículo 9. Plazo mínimo Artículo 10. Prórroga del contrato Artículo 11. Desistimiento del contrato Artículo 12. Desistimiento y vencimiento en caso de matrimonio o convivencia del arrendatario Artículo 13. Resolución del derecho del arrendador Artículo 14. Enajenación de la vivienda arrendada Artículo 15. Separación, divorcio o nulidad del matrimonio del arrendatario Artículo 16. Muerte del arrendatario
Tenencia de mascotas en viviendas arrendadas
En la actualidad la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no se pronuncia de forma específica sobre la tenencia de mascotas en un piso arrendado. Es decir, no hay ninguna cláusula concreta sobre ello. En este caso debemos regirnos por dos artículos, que versan (artículo 4) sobre la obligación de las partes de respetar los pactos, cláusulas y condiciones del contrato, y (artículo 27) sobre el derecho de exigir el cumplimiento de la obligación o la resolución del contrato, en caso de que una de las partes no cumpla lo pactado en el mismo. Puedes consultar ambos artículos completos al final de esta entrada y en las siguientes entradas: [LAU] Artículo 4. Régimen aplicable [LAU] Artículo 27. Incumplimiento de las obligaciones

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