El IBI es un impuesto sobre bienes inmuebles (viviendas, locales, garajes, fincas), de pago anual (aunque fraccionable) y obligatorio para los propietarios de dichos inmuebles. Este impuesto es municipal, es decir, se paga al ayuntamiento al que pertenezca el inmueble. Para calcularlo, se tiene en cuenta el valor catastral del inmueble en cuestión. El Gobierno central marca unos porcentajes (actualmente entre el 0.4 % y el 1.3 %), y cada ayuntamiento decide qué porcentaje aplica, dentro de esos valores, además de si aplica o no reducciones o bonificaciones, a criterio de cada ayuntamiento. El IBI es un impuesto de carácter anual, que no tiene una fecha establecida por ley, por lo que es cada municipio el encargado de marcar el periodo voluntario de pago. Hay muchos ayuntamientos que permiten el pago fraccionado en meses o en determinados meses del año.
Cómo tributa el vendedor por la señal entregada en arras penitenciales
Tras la entrega de la señal en la firma del contrato de arras, pueden darse tres casos diferentes. Normalmente ocurre el primero, cumpliéndose todo según lo acordado, pero vamos a hablar de cómo tributa el vendedor en los tres casos posibles: qué ocurre en cada situación, y cómo se tributa por la cantidad entregada en arras en cada una de ellas. Caso 1. La compraventa se lleva a cabo sin novedades. Caso 2. La compraventa no se lleva a cabo por causa imputable al comprador. Caso 3. La compraventa no se lleva a cabo por causa imputable al vendedor.
Qué es el usufructo, y cuáles son sus características e implicaciones legales
El usufructo es un derecho real sobre un bien ajeno, que permite al usufructuario disfrutar de un bien que no es suyo, así como a recibir sus frutos, mientras que la persona titular del bien (que es el nudo propietario) no puede usar dicho bien, ni recibir sus frutos mientras dure ese usufructo. En palabras literales del artículo 467 del Código Civil “El usufructo da derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa.” Vamos a ver las características e implicaciones legales del usufructo.

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