Artículo 30. Conservación, mejora y obras del arrendatario Lo dispuesto en los artículos 21, 22, 23 y 26 de esta ley será también aplicable a los arrendamientos que regula el presente Título. También lo será lo dispuesto en el artículo 19 desde el comienzo del arrendamiento.
Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Artículo 29. Enajenación de la finca arrendada
Artículo 29. Enajenación de la finca arrendada El adquirente de la finca arrendada quedará subrogado en los derechos y obligaciones del arrendador, salvo que concurran en el adquirente los requisitos del artículo 34 de la Ley Hipotecaria.
Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Artículo 28. Extinción del arrendamiento
Artículo 28. Extinción del arrendamiento El contrato de arrendamiento se extinguirá, además de por las restantes causas contempladas en el presente Título, por las siguientes: a) Por la pérdida de la finca arrendada por causa no imputable al arrendador. b) Por la declaración firme de ruina acordada por la autoridad competente.

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