Contrato de arrendamiento de vivienda habitual

Cuándo y cómo utilizar este modelo 1.- Vivienda habitual. Este contrato se puede utilizar en contratos de arrendamiento de vivienda habitual, que por ley deben ir sujetos a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Cuando el arrendamiento de un inmueble se lleva a cabo como vivienda habitual, tanto arrendador como arrendatario tienen la ventaja de poder acogerse a beneficios fiscales: exención fiscal variable en el caso del arrendador, y ayudas al alquiler en el caso del arrendatario. 2.- Importancia de las cláusulas. Pondremos especial cuidado desde el inicio, tanto arrendador como arrendatario, con varias cláusulas que deben ir claramente especificadas por escrito para que las cosas funcionen como se ha acordado entre las partes. Prestaremos especial atención a cláusulas sobre renta, actualización de la renta, subarriendo y cesión del contrato, tenencia de mascotas en la vivienda, reparto de gastos y responsabilidades, recomendaciones de conservación y uso, seguros adicionales, etc. 3.- Depósito de la fianza. Aparte del contrato, el arrendador tiene un plazo de un mes natural desde el inicio del contrato, para solicitar el depósito de la fianza en el organismo correspondiente. Este organismo (Etxebide, etc.), que variará según la zona donde se ubica el inmueble. 4.- Comunicación y cordialidad. Más allá de esto, las partes deben hacer lo posible y más por comunicarse y entenderse para que la relación entre arrendador y arrendatario sea cordial y fluida, y no surjan malentendidos, problemas ni grandes diferencias. De esta forma, todas las partes podrán vivir el alquiler con tranquilidad, y esto será una base para una relación que puede ser larga y más que correcta. (...)

Giro de plusvalía (IIVTNU) en caso de venta de inmueble a pérdidas

Giro de plusvalía (IIVTNU) en caso de venta de inmueble a pérdidas CASOS Contactar BLOG Categorías: Inversión inmobiliaria | Opción a compra | Venta de inmuebles Giro de plusvalía (IIVTNU) en caso de venta a pérdidas Caso Respuesta En pocas palabras La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es plusvalia-iivtnu.jpg Exposición del caso En 2008 compramos un piso con garaje por 229.000 euros. En 2024 los hemos vendido por 198.000 euros. Al ir al ayuntamiento nos comunican que tenemos que pagar la plusvalía. ¿Cómo pueden cobrarnos plusvalía si hemos vendido a pérdidas? Respuesta

Crasas: Reproducción, parte II

Recordando los tipos de reproducción Hay ciertos tipos de plantas crasas sin flores o con flores estériles que no pueden reproducirse por semillas, y de forma obligatoria deben ser reproducidas por cualquiera de las otras cuatro formas: por hijuelos; por división de mata; por esquejes; por injerto. También se hace necesario reproducirlas por una de estas maneras cuando por su rareza buscamos un clon exacto de la crasa a reproducir, y no nos interesa la variabilidad genética que supone reproducir por semillas. En una entrada anterior vimos el paso a paso sencillo para dos tipos de reproducción de plantas crasas que resultan muy fáciles de llevar a cabo con éxito incluso por principiantes, como son la reproducción por hijuelos y la reproducción por división de mata. En la entrada de hoy veremos un tipo de reproducción que también resulta muy fácil para todos aquellos que quieran reproducir crasas y no lo hayan hecho antes: la reproducción por esquejes (de hoja y de tallo).