LEGISLACIÓN
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Título I. Ámbito de la ley
Artículo 1. Ámbito de aplicación
Artículo 2. Arrendamiento de vivienda
Artículo 3. Arrendamiento para uso distinto de vivienda
Artículo 4. Régimen aplicable
Artículo 5. Arrendamientos excluidos
Artículo 2. Arrendamiento de vivienda
1. Se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.
2. Las normas reguladoras del arrendamiento de vivienda se aplicarán también al mobiliario, los trasteros, las plazas de garaje y cualesquiera otras dependencias, espacios arrendados o servicios cedidos como accesorios de la finca por el mismo arrendador.
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Un comentario sobre “Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Artículo 2. Arrendamiento de vivienda”
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