HIPOTECA
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Documentos de hipoteca: FIPRE, FEIN y FiAE
Cambios para mejorar la información
FIPRE
FEIN
FiAE
En pocas palabras

Cambios para mejorar la información
La Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, de 16 de junio de 2019, renovó cuestiones relacionadas con las hipotecas, tratando de mejorar y hacer más clara la parte que afecta al consumidor de un crédito hipotecario.
Así, a partir de ese momento las entidades deben facilitar dos nuevos documentos a quienes solicitan un crédito hipotecario: la ficha FEIN y la FiAE.
También deben entregar la FIPRE, que ya se entregaba anteriormente, y de la que también hablaremos en esta entrada.
FIPRE
La FIPRE es la Ficha de Información Precontractual. Es un documento que recoge las condiciones genéricas de un préstamo hipotecario.
Esta ficha no es vinculante, ya que en ella el banco recoge las condiciones generales de sus préstamos hipotecarios, tal como los tiene ofertados de forma general.
Este documento permite al interesado comparar las condiciones generales de varias entidades hipotecarias.
Cuando el consumidor pide la ficha FIPRE al banco, este podrá entregarla en formato físico o virtual.
Los datos que figuran en esta ficha son:
— Identificación de la entidad bancaria.
— Características básicas del préstamo: importe, plazo, finalidad.
— Tipo de interés con y sin bonificación, los gastos preparatorios.
— Productos vinculados (de obligatoria contratación) o combinados (para rebajar el interés).
— Un ejemplo de la tasa anual equivalente (TAE).
— Requisitos para amortizar capital anticipadamente.
FEIN
La FEIN es la Ficha Europea de Información Normalizada. A diferencia del anterior, este sí es un documento vinculante, que debe ser entregado como mínimo diez (10) días antes de la firma del préstamo hipotecario en notaría. Este documento sustituye a la antigua FIPER (Ficha Informativa Personalizada de una Hipoteca), que no era vinculante.
Este documento es vinculante para la entidad, pero el interesado puede consultar las condiciones hipotecarias de otros bancos, pidiendo contraofertas, y puede desvincularse del mismo, eligiendo finalmente otra opción que le convenga más.
El cliente puede solicitar una FEIN con una validez superior a diez (10) días, para dar tiempo a sincronizar la formalización de la compraventa con la firma de la hipoteca.
Este documento incluye:
— Identificación de la entidad bancaria.
— Importe y moneda del préstamo.
— Plazo del préstamo.
— Tipo de interés y la TAE.
— Valor del inmueble.
— Productos vinculados y combinados.
— Cantidad total a devolver.
— Cuotas.
— Cuadro de amortización.
— Condiciones y comisiones para amortizaciones parciales.
— Condiciones para cancelación de hipoteca.
— Derechos del prestatario: desistimiento de catorce (14) días, derecho de portabilidad (subrogración).
— Consecuencias en caso de incumplimiento de los compromisos.
FiAE
La FiAE es la Ficha Europea de Advertencias Estandarizadas.
Este documento se entrega junto con la FEIN y trata de dejar claras cuestiones que en el pasado han sido problemáticas, tales como:
— Las cláusulas más frecuentes de un préstamo hipotecario y sus riesgos asociados: hipotecas contratadas en otra moneda, costes de impagos, reparto de gastos de constitución del préstamo.
— Los índices oficiales de referencia.
— Los gastos de constitución para el cliente (actualmente y por ley, estos gastos pueden ser únicamente la tasación de la vivienda y la copia de la escritura que el notario entrega al prestatario).
— Las condiciones para aplicar la cláusula de vencimiento anticipado (embargo en caso de impago).
— Que en caso de impago, el cliente puede tener que asumir los gastos asociados a la ejecución del crédito.
— Etc.
En pocas palabras
Los documentos mencionados aseguran al futuro hipotecado una información más completa que antes, especialmente enfocada a evitar malentendidos.
La entidad bancaria hará llegar toda la documentación al notario, que se encargará de comprobar que el futuro hipotecado no sólo tiene toda la información sino que la ha entendido.
La entidad pondrá en conocimiento del cliente que deberá visitar el notario en los diez (10) días anteriores a la firma para recibir asesoramiento, y que ese asesoramiento es completamente gratuito.
El futuro hipotecado puede ir con todas sus dudas apuntadas para que sean resueltas en la propia notaría.
Por fin, se procederá a la firma de la escritura de compraventa en la fecha acordada, momento en el que un apoderado del banco estará presente con el futuro hipotecado.
Completa el formulario y te llamamos antes de 24 horas laborables, en nuestro horario de atención de lunes a viernes.
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